NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Ser español, más allá de poseer un DNI o un pasaporte nacional, representa mucho más que un estatus legal para un extranjero. Implica además un vínculo social y en ocasiones hasta familiar con el Estado español, dándose el caso la mayor parte del tiempo de que el extranjero, no solo tiene ascendencia o descendencia española, si no que lleva en territorio nacional la mayor parte de su vida, por no mencionar que puede haber, incluso, nacido en España.
Pero, ¿qué supone ser español?
1. Puedes reagrupar a tu familia con mayor facilidad.
2. Circular y residir libremente en toda la Unión Europea.
3. Viajar a Estados Unidos sin necesidad de visado.
4. Acceder a empleo público.
5. Olvidarte de renovaciones constantes de permisos.
6. Participar en la vida democrática ejerciendo tu derecho al voto. Etc.
En definitiva, seguridad, estabilidad y nuevas oportunidades.
Desde Sadiana Cabrera Abogados, no importa cual sea tu supuesto o circunstancia, ni siquiera importa desde qué parte de España - o del extranjero- contactes con nosotros, te ofreceremos un asesoramiento experto, cercano y totalmente personalizado para que puedas obtener la nacionalidad española con las máximas garantías.
Nuestra experiencia en la materia nos permite acompañarte en todo el proceso con un único objetivo:
Que consigas ser ciudadano español.
Contamos con una amplia experiencia en esta materia, por lo que ayudarte a conseguir tu objetivo, ser ciudadano español, será nuestra principal meta.
¿Sueñas con ser español?
¡Estás en el lugar adecuado!
🇪🇸Nacionalidad española sin errores ni complicaciones
Obtener la nacionalidad española es un paso importante, pero también un proceso en el que un pequeño error puede generar retrasos, requerimientos o incluso la denegación del expediente.
En Sadiana Cabrera Abogados trabajamos de forma diferente.
No gestionamos expedientes en volumen.
Trabajamos cada caso de forma individualizada y estratégica, asegurando que todo esté correctamente preparado desde el inicio.
💼 Un servicio pensado para tu tranquilidad
Nuestro objetivo no es solo presentar tu solicitud, sino que todo el proceso se desarrolle de forma segura, clara y sin complicaciones para ti.
Nos encargamos de:
✔️ Analizar tu caso en detalle
✔️ Preparar correctamente toda la documentación
✔️ Presentar tu expediente de forma telemática
✔️ Realizar seguimiento continuo
✔️ Gestionar cualquier requerimiento
✔️ Acompañarte hasta la resolución
Tú no tienes que preocuparte por nada.
⚖️ ¿Por qué elegirnos?
Porque en este tipo de trámites, hacerlo barato suele salir caro.
Muchos clientes llegan a nuestro despacho después de haber tenido problemas por:
- Documentación mal presentada
- Falta de seguimiento
- Errores en la solicitud
Nuestro enfoque evita precisamente eso.
Trabajamos para que tu expediente esté bien hecho desde el principio.
⭐ Atención personalizada, no gestión masiva
En Sadiana Cabrera Abogados no tratamos expedientes como números.
Cada cliente cuenta con:
✔️ Atención directa
✔️ Seguimiento real
✔️ Resolución de dudas durante todo el proceso
Porque entendemos que no es solo un trámite, es tu futuro.
📌 Empieza tu proceso con seguridad
Si quieres hacer tu nacionalidad con tranquilidad, evitando errores y con acompañamiento profesional en todo momento, podemos ayudarte.
La nacionalidad española se adquiere de diversas maneras siendo, normalmente, la más común la vía de la residencia. Aunque a continuación procedemos a hablarte un poco de cada una de ellas, cuenta con asesoramiento experto para que examine tu caso concreto y pueda indicarte cuál es la más adecuada para ti, pues cada una conlleva sus propio procedimiento y requisitos.
Como hemos mencionado, es la más frecuente y abarca diferentes supuestos y plazos para su presentación. Lo normal es que para su presentación el extranjero deba contar con 10 años de residencia legal y continuada en territorio español, excepto en algunos supuestos previstos en el Código Civil, como puede ser, por ejemplo haber contraído matrimonio con un ciudadano español, en cuyo caso se podrá presentar al año de residencia y matrimonio.
Nacionalidad española por residencia.
Es la más solicitada, al menos en nuestro despacho. Aquí tienes una presentación con las claves del proceso.
El manual de 2026 para superar el examen CCSE, de conocimientos socioculturales, lo puedes encontrar en este enlace.
Nacionalidad española por valor de simple presunción (origen).
Es frecuente creer que por haber nacido en España, se es ciudadano español. La respuesta es incorrecta. En España rige el IUS SANGUINIS, es decir, el derecho de sangre, y no por haber nacido en territorio español tendremos el derecho a ser ciudadanos automáticamente. Si bien es cierto que la podremos solicitar en plazo reducido de un año, en principio se es nacional de aquel país cuya nacionalidad tengan los progenitores del nacido. Este derecho, como casi todo, tiene sus excepciones, pues hay países que no reconocen de forma automática a los hijos de sus ciudadanos nacidos en el extranjero. Ejemplos de estos países son Cuba y Argentina.
Nacionalidad por opción.
Tiene lugar cuando, por ejemplo, siendo hijos de español no hemos nacido en España. Normalmente las inscripciones de este tipo se hacen en los Consulados de España del país extranjero, y se rigen por el artículo 20 del Código Civil.
Nacionalidad española por carta de naturaleza.
Este procedimiento es particular y especial, pues a través de él se concede la nacionalidad española a personas, que por sus logros o relevancia en el ámbito cultural, social o económico suponen un interés para el Estado español. Es el caso por ejemplo de James Rhodes, reconocido pianista y escritor de nacionalidad inglesa, que después de establecer su domicilio en España, le ha sido reconocida la nacionalidad española por su compromiso frente al maltrato y la violencia contra los niños y, como no, por sus méritos artísticos.
Recurso Contencioso de Nacionalidad.
El recurso contencioso por silencio administrativo negativo es la demanda que se interpone una vez hemos superado el plazo de tiempo de un año de tramitación de nuestro expediente de nacionalidad española, sin que este hasta ese momento haya sido resuelto. Haber superado ese plazo de tiempo abre la posibilidad legal de interponer una demanda contra el ministerio de justicia por haber superado dicho periodo de tiempo y por entenderse, según lo establecido, que nuestra nacionalidad está denegada. Normalmente, la interposición de este recurso agiliza mucho el trámite de nacionalidad, que ya pasa a ser judicial, y que aunque se resuelve en vía administrativa, suele apremiar su resolución.